El 9 de setiembre de 2017, Silva y Fortunato salieron del boliche La Mona bajo los efectos del alcohol. Tuvieron una discusión. Ella subió a su Fiat Idea, arrancó y no dejó que Fortunato se subiese; aceleró y el joven cayó sobre el asfalto. Llovía y estaba oscuro. Tras haber recorrido unos 150 metros, Silva giró en U y enfiló hacia la puerta del boliche. A pesar de las advertencias de un cuidacoches, pasó por encima de Fortunato.
Ella se aferró a su versión: sin los anteojos que le habían recetado y que debía usar para manejar, pensó que había tropezado con "un pozo" y no vio que "el bulto" que había arrastrado era, en realidad, su novio.
En septiembre pasado, el tribunal integrado por los jueces Rodolfo Luque, Julio Bittar y María Eugenia Laigle la condenó a tres años y nueve meses de cárcel por homicidio culposo agravado, tipificación habitual para los siniestros viales con resultado letal. Y a contramano del requerimiento del representante del Ministerio Público (pidió una condena de 14 años) y de los abogados de la familia de la víctima (habían solicitado una pena de 20 años), desistió de enviarla a una unidad penal común y le mantuvo el beneficio de la prisión domiciliaria con el que llegó al juicio oral y público.
La condena a tres años y nueve meses de prisión quedó firme, por lo que Julieta Silva Macagno podría obtener la libertad condicional a principios del año próximo.
Fuente: lanacion.com.ar
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