Tras la denuncia oportuna de los ciudadanos, funcionarios del patrullaje motorizado de la Policía Municipal de Chacao realizaron de inmediato las pesquisas, dando con el paradero del sujeto que se encontraba en el sector popular La Cruz, a pocos metros de donde cometió el hecho punible.
El Comisionado Jefe Rúbel Vásquez indicó que “el aprehendido golpeó a una perra llamada Morsa que hace vida en el referido lugar desde hace años, y al llegar los uniformados observaron a la perrita herida y varios testigos de lo sucedido. Dentro de la averiguación se colectó el objeto activo del delito, un amortiguador, que fue con que le provocó las lesiones”.
Vásquez agregó que “Morsa”, fue trasladada a un veterinario por parte de la ciudadana Emily Medina quién se ofreció a prestarle los primeros auxilios a la canina quien según diagnóstico presentó una fractura en una de sus patas, tras la agresión.
Por último, Hanyel Gabriel Gallardo fue puesto bajo custodia policial y a la orden del Ministerio Público, para ser presentado en las próximas horas en el palacio de justicia, con base a las sanciones tipificadas como “actos de crueldad” contemplados en el artículo 66 de Ley para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.338 de fecha 4 de enero de 2010, que cita:
Artículo 66. Para efectos de la aplicación de sanciones, se entenderán por actos de crueldad, los siguientes:
1. Los que causen al animal dolores, sufrimientos o que afecten su salud.
2. Los que descuiden la morada y las condiciones de movilidad, higiene y albergue que atenten las condiciones del óptimo animal.
3. La muerte utilizando un medio que provoque agonía prolongada.
4. Cualquier mutilación orgánicamente grave que no se efectúe por necesidad y bajo el control veterinario.
Fuente: cactus24.com.ve
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