El abogado Juan Garantón, en su calidad de apoderado de C.A. Editora El Nacional solicitó al Tribunal de Justicia, aclare la decisión de la Sala de Casación Civil en la que declaró procedente la segunda fase del avocamiento solicitado por el abogado Alejandro Castillo, apoderado judicial de Diosdado Cabello, y ordenó a El Nacional el pago de 237.000 petros, poco más de 13 millones de dólares ($ 13.366.800), calculados al momento del pago, como indemnización por daño moral. El petro equivale a 56,40 dólares aproximadamente.
La solicitud de aclaratoria se hace de acuerdo con el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, se dice en la misiva. Fue enviada este viernes 16 de abril al correo electrónico secretaria.salacivil@tsj.gob.ve
Señala asimismo que el monto de 237.000 petros es inverosímil: “cantidad que nunca fuera demandada ni manejada dentro de juicio alguno en una causa que se encontraba firme desde octubre del 2018 y que sin causa alguna imputable al demandado no se había podido honrar por no haberse señalado el monto que en definitiva se debía pagar”.
Se indica además que de ninguna manera el monto puede estimarse en petros y mucho menos en cifras impagables, sin explicar de modo alguno el cómo se determina la cifra a pagar como indemnización, que no guarda relación alguna con la realidad económica de la República ni del mundo”.
“Por ello ‒continúa el abogado‒ solicito a esta honorable sala salve la omisión y exponga las referencias, así como los cálculos numéricos mediante los cuales se obtuvo una cifra que mi representada no debe pagar por cuanto escapa a cualquier razonamiento lógico”.
“Siendo el caso que se encuentra involucrado el interés público en una sentencia de esta naturaleza se debe ampliar el cómo se llega a estimar el monto a indemnizar por mi representada a quien no se le puede imputar de modo alguno la crisis económica sobre todo cuando nada de las variantes económicas le pueden ser imputables. Al menos que exista un error en la transcripción del monto, queriendo colocar la cantidad de 237 petros, la cual también es una cantidad importante de dinero y equivalen a un número elevado de salarios mínimos nacionales”, agrega.
En el documento asimismo se señala que “es necesario que la sentencia sea cuantificada en bolívares que es la moneda de curso legal en Venezuela”.
“En tal sentido ‒concluye el abogado‒ solicito en nombre de mi representada la aclaratoria de la sentencia”.
Los hechos
Es de recordar que el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 31 de mayo de 2018, dictó sentencia definitiva, declarando con lugar la demanda de daño moral incoada, y condenando a El Nacional al pago de la suma de 1.000 millones de bolívares como indemnización y ordenó la indexación judicial del monto condenado, lo que a la fecha, según la sentencia, serían 31.843.014.940.710 bolívares.
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Fuente: cactus24.com.ve
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